Noticias

Nuevas Zonas de Disponibilidad de Agua en México: Lo que Empresas y Concesionarios Deben Saber para 2025

Puntos clave

¿Qué implica este Acuerdo?

El Acuerdo tiene como objetivo facilitar a los contribuyentes la determinación de la zona de disponibilidad aplicable para efectos del pago del derecho por el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales, el cual no refleja cambios respecto de 2024.

La zona de disponibilidad es un elemento clave para calcular el monto a pagar conforme al artículo 223 de la Ley Federal de Derechos.

La clasificación de zonas de disponibilidad se basa en fórmulas que consideran la disponibilidad relativa (Dr) en cuencas y el índice de disponibilidad (Idas) en acuíferos.

La SEMARNAT dio a conocer las zonas de disponibilidad que corresponden a las cuencas y acuíferos del país para el ejercicio fiscal 2025. Este instrumento administrativo tiene por objetivo principal determinar y publicar las zonas de disponibilidad de agua superficial (cuencas) y subterránea (acuíferos) en todo el territorio nacional, con base en fórmulas establecidas por la Ley Federal de Derechos.

El 3 de marzo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se dan a conocer las zonas de disponibilidad que corresponden a las cuencas y acuíferos del país para el ejercicio fiscal 2025, en términos del último párrafo del artículo 231 de la Ley Federal de Derechos vigente”, emitido por la Comisión Nacional del Agua, conforme a lo dispuesto en el artículo 231 de la Ley Federal de Derechos.

Dicho Acuerdo clasifica las cuencas y acuíferos del país dentro de las zonas de disponibilidad 1 a 4, con base en el grado de disponibilidad relativa del recurso hídrico, conforme a la fórmula prevista en la Ley Federal de Derechos. Dicha clasificación resulta fundamental para calcular el monto de los derechos a pagar por el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales durante el ejercicio fiscal 2025.

Conforme al análisis del Acuerdo y sus anexos, no se identificaron cambios en la clasificación de zonas de disponibilidad respecto del ejercicio fiscal 2024. Las cuencas y acuíferos mantienen las mismas zonas asignadas, lo que brinda continuidad para los titulares de concesiones de aguas nacionales y facilita la planeación fiscal de sus obligaciones.

 

Escrito por Mauricio Llamas, Sofia de Llano, y Pablo Navarro. 

Recomendaciones para concesionarios:

  • Verificar la zona de disponibilidad aplicable a la cuenca o acuífero de su título de concesión.
  • Corroborar el correcto cálculo de derechos conforme al artículo 231 de la Ley Federal de Derechos y las tarifas del artículo 223.
  • Documentar que no existen cambios para efectos de auditoría o fiscalización.

Búsqueda

Regístrese para recibir contenido personalizado ¡y más!